Desde mascotas hasta balcones varias restricciones en conjuntos tienen reglas que se pasan por alto. Vivir en un conjunto Residencial implica cumplir reglas de convivencia pagar administración y respetar decisiones colectivas sin embargo la ley 675 del 2001 establece límites claros sobre los que las administraciones consejos y vecinos pueden exigir o prohibir dentro de edificios o conjuntos. Desde mascotas hasta restricciones sobre apartamentos varias decisiones suelen aparecer en reglamentos internos no siempre tienen el mismo alcance legal básicamente la norma Establece que la convivencia debe basarse en principios como el respeto la dignidad humana la convivencia pacífica y el debido proceso. Esto significa que aunque los conjuntos pueden fijar reglas para ordenar la vida comunitaria estas decisiones no pueden pasar por encima de derechos ni convertirse en sanciones arbitrarias. Ese tema volvió a tomar fuerza entre residentes y propietarios por las discusiones fuertes alrededor de mascotas visitantes usos de balcones zonas comunes parqueaderos y sanciones impuestas por administraciones. Las administraciones sí pueden imponer reglas pero tienen límites la ley 675 tiene reglamentos internos y manuales de convivencia para organizar la vida comunitaria. Ahí pueden establecer normas relacionadas con ruido uso de zonas comunes horarios manejo de ruidos y convivencia entre vecinos. Pueden imponer sanciones cuando existan incumplimientos frente al reglamento ya que la norma contempla multas restricciones al uso de bienes comunes o esencias y otras medidas relacionadas con la convivencia.