Por Ricaurte Losada Valderrama

En la columna pasada me referí a este tema desde el punto de vista global y recordé que lo primero en relación con Colombia, es que la Constitución establece muchos derechos, lo cual está bien, pero consagra muy pocos deberes.

Advertí que esta concepción equivocada está confirmada en el hecho de que la Constitución le dedica de los artículos 11 al 94 a los derechos y solo el 95, a los deberes.

Entonces, es insólito que una sociedad promueva el cumplimiento de los derechos sin ocuparse del cumplimiento de los deberes y obligaciones, pero es inaceptable que esa concepción esté plasmada en la Carta Política, razón por la cual se debe liderar este cambio, para que se realice institucionalmente, pues es un peldaño determinante para la vida, la convivencia, la paz y el desarrollo.

Se trataría de un avance trascendente que posibilitaría un cambio cultural también trascendente con incidencia real en todos los aspectos de la vida del país.

El cumplimiento de los deberes garantiza la convivencia, la justicia y el respeto mutuo, actuando como la contraparte de los derechos para asegurar el orden social.

Los deberes se basan en responsabilidades éticas, jurídicas y morales que protegen la dignidad de los demás, promoviendo la solidaridad y el bien común.

Por ejemplo, para Juan Jacobo Rousseau, los deberes fundamentales surgen de la libertad civil y del contrato social, porque él considera que las personas renuncian a su libertad natural para obedecer a la voluntad general y, en ese orden de ideas, el primer deber es obedecer la Ley. Y lo cito porque es una verdad de apuño que el cumplimiento de la ley representa, en general, el cumplimiento de los deberes.

La Corte Constitucional estableció que los derechos y deberes consagrados en la Constitución se deben interpretar de conformidad con los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Colombia.

La Carta Universal de los Deberes y Obligaciones de las Personas es una propuesta impulsada por la Fundación José Saramago, para complementar la Declaración Universal de Derechos Humanos que busca equilibrar los derechos con deberes recíprocos hacia la comunidad, las generaciones futuras y el medio ambiente, reconociendo que los derechos implican obligaciones. 

La Carta busca transformar la cultura de exigencia de derechos en una de responsabilidad compartida, enfatizando el respeto mutuo, la solidaridad y la sustentabilidad. Se enfoca en deberes frente a la comunidad, la protección de la dignidad humana, la justicia social y el cuidado del planeta. Fue presentada en 2018 a la ONU y a embajadores, con el objetivo de convertirla en un documento de fuerza legal internacional, que por supuesto no es vinculante y, en consecuencia, en este indispensable proceso debiera participar activamente la humanidad entera y de manera particular los colombianos, pues sería un instrumento vital para conseguir la convivencia y la paz, y por ende, proteger la vida.

Aunque la Declaración de los Derechos Humanos menciona los deberes, afirmando que toda persona los tiene respecto a la comunidad, puesto que solo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad, la Declaración de Saramago busca una formalización más amplia y explícita de los mismos, hecho imprescindible que pareciera imposible no haberse dado en tantos años en Colombia y, en general, en la comunidad internacional.