La Alcaldía de Montería estableció una restricción temporal para la circulación de motocicletas con acompañante o parrillero en el marco de una jornada institucional, una medida que vuelve a poner sobre la mesa el debate sobre la movilidad en la capital de Córdoba y el uso de restricciones especiales para motociclistas.

La disposición se suma a una serie de medidas que las autoridades de Montería han aplicado en diferentes momentos para regular la circulación de motocicletas, especialmente durante jornadas especiales, eventos de ciudad, elecciones y actividades que requieren un dispositivo adicional de seguridad y movilidad.

La Alcaldía ha utilizado este tipo de restricciones de manera temporal en el pasado. Por ejemplo, durante las elecciones presidenciales de 2022 se prohibió la circulación de motocicletas con acompañante durante un periodo específico para preservar el orden público.

No obstante, es importante diferenciar una restricción temporal asociada a una jornada particular de las medidas ordinarias de movilidad que puedan encontrarse vigentes en la ciudad.

Precisión importante: la comunicación sobre la medida temporal que motiva esta nota fue difundida por la Alcaldía, pero el detalle completo del acto administrativo —incluidos los horarios y eventuales zonas específicas— no aparece actualmente desarrollado en una publicación independiente del portal oficial de la Alcaldía que haya podido ser consultada. Por esa razón, esos datos no se presentan como hechos confirmados aquí.

¿En qué consiste la medida?

La medida consiste en restringir temporalmente la circulación de motocicletas cuando estas transporten un acompañante, conocido comúnmente como parrillero.

Esto significa que, durante el periodo en el que se encuentre vigente la restricción, el motociclista deberá movilizarse sin una segunda persona en el vehículo, salvo que se encuentre dentro de alguna de las excepciones establecidas por la autoridad competente.

La medida no significa que se prohíba de manera general el uso de motocicletas en Montería. La restricción está dirigida específicamente a la circulación con acompañante y tiene un carácter temporal relacionado con la jornada institucional.

La comunicación de la Alcaldía recuerda además que el conductor o propietario de una motocicleta que circule con acompañante dentro de una zona u horario sometido a una restricción puede ser objeto de las sanciones correspondientes.

Esta posibilidad está contemplada en el marco jurídico colombiano. El Decreto 2961 de 2006 permite a las autoridades municipales establecer restricciones a la circulación de acompañantes o parrilleros en determinadas zonas u horarios cuando se presenten las condiciones previstas por la norma.

¿Por qué se pueden establecer restricciones al parrillero?

Las restricciones al acompañante en motocicleta no son una medida exclusiva de Montería.

En Colombia, las autoridades locales han utilizado este mecanismo como una herramienta para enfrentar determinadas problemáticas relacionadas con la movilidad, el transporte informal y la seguridad.

El Decreto 2961 de 2006, posteriormente incorporado al Decreto 1079 de 2015, establece que los municipios pueden adoptar medidas para restringir la circulación de acompañantes o parrilleros en determinadas zonas o horarios cuando se verifique una modalidad ilegal de transporte de pasajeros en motocicleta.

La normativa también contempla consecuencias para quienes circulen con acompañante dentro de las zonas u horarios sometidos a la restricción.

Por ello, una prohibición de este tipo debe estar respaldada por la correspondiente disposición de la autoridad municipal y debe especificar las condiciones bajo las cuales será aplicada.

Montería ya ha aplicado medidas similares

La ciudad tiene antecedentes importantes en materia de restricciones al parrillero.

En junio de 2021, la Alcaldía informó que continuaban las restricciones de acompañante en motocicletas. En ese momento se establecía que los martes y jueves, entre las 7:30 de la mañana y las 7:00 de la noche, se restringía la circulación de motocicletas con acompañante. También existían zonas del centro de la ciudad donde la medida se aplicaba de lunes a viernes.

Posteriormente, en junio de 2022, la administración municipal prorrogó por un año la regulación de los días martes y jueves sin acompañante en motocicleta.

Según la Alcaldía, la medida se aplicaba a motocicletas de cualquier cilindraje, además de determinados moto-triciclos, bicicletas y triciclos eléctricos con acompañantes. En aquel momento, la restricción operaba entre las 7:30 a. m. y las 7:00 p. m.

Estos antecedentes muestran que la restricción del parrillero ha sido utilizada anteriormente como una herramienta de regulación de movilidad en Montería.

También se han aplicado restricciones durante jornadas especiales

La administración municipal también ha recurrido a prohibiciones temporales cuando se desarrollan actividades que requieren condiciones especiales de seguridad.

Uno de los ejemplos más claros ocurrió durante las elecciones presidenciales de 2022. Mediante el Decreto 0341 del 15 de junio de ese año, la Alcaldía estableció una prohibición temporal para la circulación de motocicletas con acompañante desde las 6:00 p. m. del domingo 19 de junio hasta las 4:00 a. m. del lunes 20 de junio.

La medida estaba relacionada con las acciones de prevención y mantenimiento del orden público durante la jornada electoral.

En esa oportunidad también se establecieron excepciones para integrantes de la Fuerza Pública, autoridades de tránsito, personal de seguridad estatal, organismos de socorro, escoltas de funcionarios y funcionarios de la Registraduría que estuvieran ejerciendo sus funciones.

La movilidad de motocicletas ha sido objeto de otras medidas en 2026

Durante 2026, Montería también ha implementado medidas especiales de movilidad.

Uno de los ejemplos fue el Día Sin Carro y Sin Moto, realizado el 5 de febrero. La Alcaldía informó que durante esa jornada se restringiría la circulación de vehículos automotores que utilizaran combustibles fósiles dentro del perímetro urbano.

La medida incluyó motocicletas, aunque contempló diferentes excepciones para vehículos y servicios considerados esenciales.

Entre las excepciones se encontraban vehículos de transporte público, ambulancias, organismos de socorro, vehículos de seguridad y defensa, transporte de alimentos y medicamentos, transporte escolar autorizado, vehículos destinados al traslado de pacientes y determinados vehículos eléctricos, entre otros.

La Alcaldía también estableció un corredor exceptuado para garantizar la conectividad regional e intermunicipal, incluyendo sectores como la Glorieta de Mocarí, el Segundo Anillo Vial, la Glorieta de la Terminal de Transportes y la zona del Monumento a la Ganadería.

¿La medida significa que todas las motos están prohibidas?

No.

Este punto es especialmente importante para evitar confusiones.

Una restricción de parrillero y una prohibición de circulación de motocicletas son medidas diferentes.

Cuando la autoridad restringe el acompañante, la motocicleta puede continuar circulando con su conductor, siempre que se encuentre dentro de las condiciones establecidas por la norma.

En cambio, durante un Día Sin Moto, por ejemplo, la restricción puede alcanzar directamente la circulación del vehículo.

Por eso, los motociclistas deben revisar qué establece específicamente el acto administrativo que regula cada jornada.

¿Quiénes pueden estar exceptuados?

Las excepciones dependen del decreto o disposición específica que adopte la Alcaldía.

Sin embargo, el marco nacional que regula las restricciones al parrillero contempla excepciones para determinados actores institucionales que se encuentren desempeñando sus funciones, entre ellos miembros de la Fuerza Pública, autoridades de tránsito, personal de seguridad de entidades estatales, organismos de socorro y escoltas de funcionarios.

Esto no significa que todas las personas pertenecientes a esas categorías puedan circular automáticamente bajo cualquier restricción. La excepción debe corresponder a las condiciones establecidas en la norma que se encuentre vigente.

¿Qué pasa si un motociclista incumple?

El incumplimiento de una restricción oficialmente establecida puede generar actuaciones por parte de las autoridades de tránsito.

El Decreto 2961 señala que el conductor o propietario que circule con acompañante dentro de las zonas u horarios restringidos será sancionado conforme a las normas aplicables.

Por esta razón, los motociclistas no deberían asumir que la restricción es únicamente una recomendación.

Cuando existe un acto administrativo vigente, los agentes de tránsito y las autoridades encargadas del control pueden realizar operativos para verificar su cumplimiento.

Una medida que afecta especialmente a quienes dependen de la moto

Las restricciones al parrillero suelen tener un impacto importante en una ciudad donde la motocicleta representa una de las principales formas de desplazamiento para trabajadores, estudiantes y familias.

Para muchas personas, la moto no solamente es un medio de transporte individual, sino también una herramienta para llegar al trabajo, llevar a un familiar, desplazarse hacia instituciones educativas o realizar actividades comerciales.

Por eso, cada nueva restricción genera interés entre los motociclistas, especialmente cuando se aplica durante horarios de alta movilidad.

El debate también suele concentrarse en encontrar un equilibrio entre las necesidades de transporte de la ciudadanía y las medidas que las autoridades consideran necesarias para garantizar la seguridad y el orden durante determinadas jornadas.

La importancia de conocer exactamente cuándo aplica

Uno de los aspectos fundamentales de cualquier restricción temporal es conocer cuándo comienza, cuándo termina, dónde se aplica y cuáles son sus excepciones.

Las autoridades municipales han utilizado diferentes esquemas en el pasado. Algunas restricciones han operado durante determinadas horas, otras solamente en ciertos días de la semana y algunas han estado relacionadas exclusivamente con eventos o jornadas especiales.

Por ejemplo, la restricción implementada durante las elecciones de 2022 tuvo un horario específico y estuvo directamente relacionada con la jornada electoral.

Por eso, los ciudadanos deben evitar extrapolar automáticamente una medida anterior a la actual.

Una medida que se suma al historial de regulación de motos en Montería

La nueva restricción temporal de parrillero se incorpora así a un historial de medidas mediante las cuales Montería ha buscado regular la circulación de motocicletas.

Desde restricciones periódicas de acompañante hasta medidas especiales durante elecciones y jornadas de movilidad sostenible, la ciudad ha utilizado diferentes mecanismos dependiendo de las necesidades identificadas por la administración municipal.

En 2024, por ejemplo, durante el Día de la Movilidad Sostenible, la Alcaldía volvió a establecer una prohibición de circulación de motocicletas con acompañante o parrillero, con excepciones para determinados organismos de seguridad.

En 2025 también se aplicó un Día Sin Carro en Montería, con restricciones para vehículos automotores, incluidas motocicletas, y reglas especiales para los vehículos exceptuados.

Esto permite entender que las restricciones de movilidad en Montería pueden cambiar de acuerdo con el tipo de jornada y con las decisiones adoptadas por la administración municipal.

¿Qué deben hacer los motociclistas?

Ante la aplicación de una medida temporal, la principal recomendación para los conductores es verificar la información oficial antes de desplazarse con un acompañante.

También es importante portar la documentación correspondiente, cumplir las normas de tránsito y atender las indicaciones de los agentes encargados de los controles.

La recomendación cobra especial importancia porque una restricción temporal puede tener condiciones diferentes a las reglas ordinarias de movilidad de la ciudad.

Una medida temporal, no necesariamente permanente

La principal conclusión es que la restricción de parrillero en Montería debe entenderse dentro del contexto de una medida temporal asociada a una jornada institucional y no como una prohibición permanente de transportar acompañantes en motocicleta.

Montería tiene antecedentes de restricciones similares y el marco jurídico colombiano permite a las autoridades territoriales adoptar determinadas limitaciones en zonas y horarios específicos bajo las condiciones establecidas por la normativa.

Mientras se desarrolla la jornada, los motociclistas deberán prestar especial atención a la información oficial emitida por la Alcaldía y la Secretaría de Tránsito, especialmente frente a los horarios, sectores incluidos, excepciones y posibles controles.

La medida busca, en última instancia, facilitar el desarrollo de la jornada bajo condiciones de seguridad y orden, aunque su aplicación también tendrá efectos directos sobre las personas que utilizan diariamente la motocicleta como uno de sus principales medios de transporte.